18/12/10

Número de quejas contra magistrados disminuye por vigencia de CPP, indican

Lima, set. 19 (ANDINA). La responsable de la Unidad de Procesos Disciplinarios de la Oficina de Control de la Magistratura (OCMA), Paloma Altabas, indicó que por la mayor inmediación entre justiciables y magistrados, el número de quejas disminuyó en aquellos distritos donde está implementado el nuevo Código Procesal Penal (CPP).

Refirió que al aplicarse el principio de oralidad (juicios orales) en el área penal, estos procesos son mucho más ágiles, situación distinta a la actual donde uno de los problemas de la administración de justicia es la demora en la resolución de los casos.

“Si es cierta esta percepción, porque está disminuyendo (el número de quejas) y eso es positivo porque se genera mayor confianza en la acción transparente de la judicatura que es una nuestra misión principal”, afirmó.

La funcionaria precisó que la investigación de las quejas contra los magistrados, con la entrada de esta reforma procesal, es la misma, pero son evaluados otros valores y variables.

Compromiso
De otro lado, Altabas mencionó que cualquier ciudadano puede realizar una queja sobre el accionar irregular de los jueces o personal jurisdiccional, pues la idea es que puedan tener mayor acceso a la OCMA.

“La idea es facilitar totalmente ese acceso y que la ciudadanía tome conciencia que éste es un compromiso de todos, no solo de los organismos de control, sino que el ciudadano, el usuario judicial, debe hacer respetar sus derechos y denunciar las irregularidades dentro de un proceso”, aseguró.

Altabas subrayó que el ciudadano que se considere agraviado por cualquier hecho proveniente de un magistrado o de un trabajador judicial dentro de un proceso, puede acudir las oficinas descentralizadas del OCMA de su jurisdicción o a la sede central en Palacio de Justicia.

Puntualizó que las quejas pueden realizarse a través de la línea telefónica gratuita de la OCMA: 0800-12121; por correo electrónico: ocmapj@pj.gob.pe; y verbales a través de la Oficina de Defensoría del Usuario Judicial que opera en la OCMA y las Oficinas Descentralizadas de Control de la Magistratura (Odecma).

Asimismo, señaló que puede presentar su queja por escrito, debiendo en este caso consignar el nombre de demandante, documento de identidad, los datos de la persona denunciada, el órgano en que labora, el número de proceso donde se cometió la inconducta y en forma clara los hechos o motivos que lo documenten.

ANDINA (19/09/2010)

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